Si sufres lesiones invalidantes comprendidas en el ámbito de aplicación del RDL 8/2004, de 5 de noviembre, por haber participado en operaciones internacionales de paz y seguridad, así como si eres descendiente de primer grado o cónyuge de persona fallecida por ese motivo, tienes derecho a la exención del pago de precios públicos.
Deberás acreditarlo mediante la resolución administrativa por la que se hubiera reconocido dicha condición.
La documentación acreditativa, deberás subirla a la Intranet, apartado Secretaria Virtual/Documentación de matrícula.